Concejo aprobó firma de “Convenio de Asistencia y Colaboración”

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¿En qué consiste la firma del Convenio entre Municipalidad y Provincia? Los alcances son explicados en el presente artículo.

El grave problema vial en el que está inmersa la ciudad de Las Breñas, hizo que desde el mismo Ejecutivo Municipal se solicite al Concejo Deliberante se apruebe la firma de un convenio con el Ministerio de Seguridad provincial, quien, por intermedio de la Policía Caminera se hará mayor prevención para evitar así siniestros viales desde los controles y sanciones que se aplicarán a los infractores.

El pedido, fue debatido en el recinto deliberativo durante la última sesión dada el miércoles pasado, habiendo para ello opiniones a favor y en contra sobre la presencia de los uniformados en calles locales para poder así acompañar a quienes pretenden llevar adelante la educación vial, como lo son los inspectores de tránsito.

El Dr. Raúl Marcelo Domecq, como Subsecretario de Seguridad Vial y el intendente Víctor Machuca son quienes celebrarán un Convenio de asistencia y colaboración, tendiente este a implementar políticas y estrategias de control y armonización vial, dentro del ejido municipal, mediante una acción concreta y determinante del Estado Provincial y Municipal, con la clara finalidad de tender a reducir las tasas de siniestralidad vial, el que se regirá por algunas cláusulas, tales como que la Policía Caminera proceda a la aplicación y confección de actas de infracción en el ejido urbano de la localidad, tal lo establecido en la Ley de Tránsito Nacional Nº 24.449, su modificatoria Nº 26363, y Leyes Provinciales de adhesión Nº4488 y Nº 6241, para lo que se elaborarían controles unificados o por separados.

En lo que respecta a lo estrictamente económico, lo recaudado correspondería al ente que labrara la infracción, y según los estamentos judiciales que correspondieran.

La cláusula Séptima del acuerdo que se firmará, establece expresamente que el presente convenio no significa delegación de facultades o competencia por parte de la Municipalidad referido a su poder de policía, ni de ningún otro fijado por la Constitución, Ley, Ordenanza o Resolución, limitándose a la asistencia o colaboración en materia de tránsito. Asimismo el personal interviniente conserva su relación de dependencia laboral a todos sus efectos, ante si y ante terceros. Por su parte la Institución Policial se somete a las normas constitucionales y legales vigentes, no delegando facultades expresamente atribuidas a la función policial.

Este convenio también podría resarcirse a pedido de cualquiera de las dos partes con un aviso previo de al menos treinta días de anticipación.

Cabe aclarar, que el Concejo Deliberante aprobó esta rúbrica de manera unánime, estando presentes en dicha sesión el recientemente conformado grupo de “Padres en la Ruta L.B.”, compromiso ante quienes había hecho días atrás el mismo intendente.

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